CAFÉ DE MAÑANA
Por José Luis Enríquez Ambell
EL MALTRATO ANIMAL Y
BAJA TASA DE CASTIGO
Partiendo desde el concepto y significado del maltrato animal, a partir de ser una conducta,- acción u omisión,- que causa dolor, sufrimiento innecesario, estrés o muerte a un animal, ya sea por crueldad directa o por negligencia, incluyendo golpes, abandono, falta de alimento, higiene, explotación sexual, peleas y mutilaciones, siendo ello un delito que es penado en muchas legislaciones.
Ahora bien, “la situación del maltrato animal en México está severamente calificada debido a altos índices de violencia y una baja tasa de castigo. México ocupa el primer lugar en Latinoamérica en maltrato animal y el tercero a nivel mundial”.
Hay quienes aseguran – sin que haya una clara exposición de herramientas y metodología para medirlo – la existencia de un alto índice de maltrato y que estima que 7 de cada 10 mascotas sufren algún tipo de maltrato en nuestro país, y que nos coloca en el primer sitio.
Aquí resulta saber, y sin conocer elementos de prueba que nos permitan comprobar alguna medición y estadística reales, para aseverar exista una escasa efectividad legal, pues hay quienes se atreven a decir que el maltrato animal es un delito en casi todo el país, y que “se estima” es castigado en un 0.01% de los casos.
Hace algún tiempo no lejano, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los actos de crueldad contra los animales son unos delitos constitucionales, permitiendo sanciones más severas, y en particular en casos que lleven o impliquen la muerte.
27 de los 32 estados del país, han incorporado el maltrato animal en sus códigos penales, imponiendo penas que van desde meses hasta años de prisión, a partir de las agresiones que incluyen abandono, golpes y mutilaciones, que muchas veces aparecen hasta en sitios de refugio, que incluso sea por hacinamiento y la negligencia que se denuncien.
En el caso del Código Penal para el Estado de Veracruz, tipifica el maltrato animal como delito en su artículo 264 Ter, dónde se establecen penas de 6 meses a 2 años de prisión y multas de 50 a 100 días de salario mínimo a quien cause sufrimiento o heridas a cualquier animal. Y además, estas sanciones pueden agravarse en caso de existir la crueldad extrema o si el acto se difunde.
Y de acuerdo a las leyes han mejorado, la impunidad y la falta de denuncia efectiva mantienen al país con una calificación deficiente en el bienestar animal.
En Veracruz, el bienestar animal enfrenta una calificación baja y deficiente por la persistencia del maltrato, a pesar de contar con un marco legal existente, según reportes del primer trimestre de 2026. Aunque, es importante advertir que nuestra entidad ha sido pionera en armonizar su constitución para proteger a los animales, la impunidad es el principal obstáculo, con menos del 1% de las denuncias resultando en sentencias de cárcel, a decir de versiones oficiales.
DE SOBREMESA
El maltrato animal en Veracruz, a pesar de la Ley # 876 para la Protección a los Animales y el artículo 264 del Código Penal, que sancionan actos de crueldad con prisión y multas. Y aunque las peleas de animales y mutilaciones están prohibidas, se reportan casos frecuentes por el abandono, la violencia física y las peleas clandestinas de perros o gallos.
La falta de denuncias y hasta la escasa efectividad institucional dificultan un combate real, tema que habría de esperarse que las autoridades del Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial se sumen a la demanda social así como, a las organizaciones civiles que promueven el abatimiento del delito, y así evitar que la norma quede solo en el papel.
«Los casos más frecuentes es el abandono, los animales quemados, drogados, heridos y las peleas de gallos y de perros».
Y aquí la violencia escala, pues persisten prácticas de crueldad disfrazadas de tradiciones regionales y falsas costumbres en algunas zonas de Veracruz.
La Ley de Protección a los Animales: Prohíbe la caza, las peleas de animales, los circos con animales y cortes de cola y orejas por estética.
Cualquier persona puede en Veracruz ir a la Procuraduría Estatal del Medio Ambiente (PMA) o llamar al 229 923 4000 ext 1705/1601, o correo electrónico denuncias_pma@veracruz.gob.mx., oficinas de la Sedema que tienen su domicilio en Boca del Río, junto al estadio de fútbol Luis “Pirata” Fuente.
Así como en las áreas de salud de los Ayuntamientos en la entidad veracruzana.
La cultura de la denuncia se debe promover en conjunto con la adopción y la esterilización, y reducir el maltrato callejero.
UN CAFÉ LECHERO LIGHT
En ese contexto, vale la pena señalar y destacar acciones que buscan atender de fondo esta problemática, como fue hace unas horas en Alvarado, y en donde la Diputada Roxana Barragán Hernández encabezó una jornada de esterilización, orientada a fomentar la tenencia responsable y reducir la sobrepoblación animal.
Este tipo de acciones, más allá de lo inmediato, abonan a la construcción de una cultura de respeto y cuidado hacia los animales, uno de los ejes que la legisladora del Partido Verde ha sostenido como parte de su agenda desde el H. Congreso del Estado
La promoción de estas acciones preventivas resulta clave, pues atienden una de las causas principales del abandono y del maltrato, al tiempo que fortalecen la conciencia social sobre el cuidado de los seres sintientes.
¡ES CUANTO!
enriquezambell@gmail.com;
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