Juez federal Alejandro Quijano ampara a Roly Domínguez Romero, presunto cerebro del Cartel Inmobiliario; sólo tendrá que pagar una fianza de 4 mil pesos

Yamiri Rodríguez Madrid

El Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz, a cargo de Alejandro Quijano Álvarez, concedió una suspensión provisional a Roly Domínguez Romero, presunto cabecilla del llamado Cartel Inmobiliario, contra posibles órdenes de aprehensión, detención, comparecencia, presentación y localización emitidas por autoridades estatales, lo que a decir de abogados consultados, le abre la puerta para evadir la justicia y abandonar  de manera inmediata el país.

La resolución fue dictada el 11 de septiembre dentro del juicio de amparo indirecto 1047/2026, promovido contra actos atribuidos al Juez Primero de Primera Instancia de Proceso y Procedimiento Penal Oral, con sede en Pacho Viejo, así como a la Fiscalía General del Estado, la Policía Ministerial, la Secretaría de Seguridad Pública y diversas fiscalías.

El juez federal Alejandro Quijano determinó que las autoridades señaladas deberán abstenerse de cumplimentar cualquier orden de aprehensión contra Domínguez Romero hasta que sean notificadas de la resolución sobre la suspensión definitiva. La medida también impide que sea presentado mediante el uso de la fuerza pública durante ese periodo.

Domínguez Romero deberá presentar, en un plazo de cinco días, una garantía de cuatro mil pesos mediante billete de depósito del Banco del Bienestar o póliza de fianza vigente durante la tramitación del juicio.

El juzgado fijó para el 22 de septiembre, a las 10:05 horas, la audiencia incidental en la que resolverá si concede la suspensión definitiva. La audiencia constitucional fue programada para el 15 de octubre de 2026, a las 12:25 horas.

La Fiscalía General del Estado ofrece una recompensa de 350 mil pesos a quien proporcione información sobre su paradero. Abogados consultados sobre el amparo concedido este viernes a Roly Domínguez señalaron que esto es completamente atípico, puesto que para conceder la suspensión del acto reclamado provisional o definitivamente el juez siempre debe asegurarse de que el imputado va a comparecer al proceso, por ende debe poner siempre como condición la obligación de presentarse en determinado tiempo ante el juez que giró la orden de aprehensión.

«Lo que llama la atención de este asunto es que le concedió la suspensión a Roly Domínguez para que no sea detenido y lo condiciona a que deposite una fianza de 4000 pesos. No obstante en este caso es evidente que el juez le está ayudando a Roly Domínguez porque al no obligarlo a presentarse al juez le está concediendo la posibilidad de sustraerse de la acción de la justicia. En pocas palabras le está dando un salvoconducto para que se escape», dijeron las fuentes consultadas.