Juan David Castilla
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un juicio de amparo a favor de una menor con trastorno del espectro autista en el municipio de Teocelo, determinando que los ayuntamientos están obligados a evaluar el impacto de la pirotecnia en personas con hipersensibilidad auditiva antes de autorizar su uso en festividades patronales o eventos públicos.
La resolución fue emitida el pasado 28 de octubre y marca un precedente jurídico en el estado de Veracruz. La batalla legal fue emprendida desde 2023 por los abogados Daniel y Gabriela Flores, padres de la niña, quienes promovieron la acción ante los tribunales tras comprobar que las constantes detonaciones de fuegos artificiales en el municipio desencadenaban severas crisis en la salud y el bienestar de su hija.
De acuerdo con los promoventes, cada celebración patronal en Teocelo se convertía en una situación crítica debido a la intensidad del estruendo provocado por los explosivos.
La familia buscó inicialmente la intervención del Ayuntamiento; sin embargo, al no encontrar una respuesta efectiva ni medidas de protección por parte de las autoridades municipales, decidieron llevar el caso hasta las máximas instancias del Poder Judicial de la Federación.
El dictamen emitido por la SCJN no contempla una prohibición general o absoluta de los artefactos pirotécnicos en las festividades populares.
No obstante, el fallo establece con claridad que las autoridades municipales ya no podrán emitir autorizaciones de manera indiscriminada.
A partir de este precedente, los gobiernos locales deberán implementar valoraciones previas de riesgo, considerar las condiciones particulares de la población vulnerable y aplicar medidas preventivas que reduzcan el impacto sonoro.
Para la familia Flores, la determinación de la Suprema Corte trasciende su caso particular y constituye una victoria colectiva. La sentencia abre una vía legal para que otras familias veracruzanas y del resto del país, que enfrenten situaciones similares con niñas, niños o adultos con condición del espectro autista, puedan exigir formalmente a sus alcaldías la regulación de la pirotecnia en sus comunidades.
Con este fallo, el máximo tribunal del país envía un mensaje contundente a las administraciones municipales de Veracruz: la preservación de las tradiciones culturales y las celebraciones religiosas debe coexistir de manera armónica con el respeto a los derechos humanos y la protección de las personas con discapacidad.



