Corte Interamericana responsabiliza a México por violación, tortura y muerte de la indígena veracruzana Ernestina Ascencio Rosario

Redacción Hora Cero

San José, Costa Rica.— La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró al Estado mexicano responsable internacionalmente por la violación sexual, tortura y muerte de Ernestina Ascencio Rosario, una mujer indígena náhuatl monolingüe de 73 años, así como por la falta de acceso a la justicia en condiciones de igualdad para sus familiares. La sentencia fue notificada este 16 de diciembre de 2025, dentro del caso Ascencio Rosario y otros vs. México.

De acuerdo con el fallo, los hechos ocurrieron el 25 de febrero de 2007 en la comunidad de Tetlalzinga, en la Sierra de Zongolica, Veracruz, donde la señora Ernestina fue violada sexualmente por integrantes del Ejército mexicano. La Corte determinó que dicha agresión constituyó un acto de tortura, al ser intencional, causar severos sufrimientos físicos y mentales y tener como propósito intimidar, humillar y someter a la víctima, en un contexto de militarización derivado de la estrategia de combate al narcotráfico implementada desde 2006.

El Tribunal también concluyó que el Estado incumplió su obligación de brindar atención médica oportuna, accesible y de calidad. Tras la agresión, la víctima fue trasladada durante aproximadamente 10 horas en busca de atención médica, hasta ser ingresada al Hospital Regional de Río Blanco, donde falleció el 26 de febrero de 2007 sin haber sido intervenida quirúrgicamente. La Corte subrayó que el hospital carecía de intérpretes en lengua náhuatl, lo que agravó las barreras de atención y comunicación médica

Asimismo, la Corte IDH señaló que la investigación ministerial fue deficiente, al no cumplir con el estándar de debida diligencia reforzada exigible en casos de violencia sexual contra mujeres, particularmente tratándose de una mujer indígena adulta mayor. Indicó que el proceso careció de enfoques de género, etnia y edad, fue cerrado de manera prematura y estuvo permeado por estereotipos que incluso fueron replicados por altas autoridades del Estado mexicano, incluido el entonces Presidente de la República, lo que contribuyó a desacreditar los testimonios de la víctima y de su familia.

En cuanto a los familiares de Ernestina Ascencio Rosario, la Corte constató que enfrentaron múltiples obstáculos para acceder a la justicia, incluyendo presiones e intimidaciones, derivadas de su condición de personas indígenas monolingües. Por ello, determinó que también se vulneraron sus derechos a la integridad personal, a la verdad y a la protección judicial.

Como parte de la sentencia, la Corte Interamericana ordenó al Estado mexicano implementar diversas medidas de reparación, entre ellas la reapertura de una investigación penal exhaustiva para identificar y sancionar a los responsables, la atención médica y psicológica a los familiares, la realización de un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, programas de capacitación para servidores públicos, el fortalecimiento del Centro de Atención Especializada de Soledad Atzompa y la creación de un Registro Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas para los sistemas de salud y justicia.