CAFÉ DE MAÑANA
Por José Luis Enríquez Ambell
SERVIDORES PÚBLICOS
Y SUS PROHIBICIONES
Todos los servidores públicos tienen expresamente prohibido utilizar su cargo, los recursos oficiales asignados o el tiempo laboral para promover e incluso favorecer a cualquier partido, candidato o causa política.
Esas fronteras deben vigilarse por los jefes administrativos —responsables de los recursos humanos—, así como los OIC (contralores internos) de cada dependencia o ente público.
Esas prohibiciones principales, como usar recursos públicos: no pueden emplear bienes, vehículos, dinero o personal del gobierno —municipal, estatal o federal, incluyendo organismos autónomos— para promover la campaña o propaganda del orden partidista.
La burocracia, en todo horario laboral, tiene prohibido realizar proselitismo y todo acto de campaña, repartir propaganda o emitir expresiones a favor o en contra de los candidatos durante sus horas de trabajo.
Y por si lo anterior no resultara suficiente, todos los servidores públicos con mayor jerarquía tienen prohibido presionar a los subalternos o ciudadanos, ni pueden coaccionar, amenazar o condicionar a empleados a su cargo, contratistas y a todo proveedor o prestador de servicio o a la población para que voten por una opción política.
Y NO utilizar los edificios o símbolos oficiales, pues está prohibido colocar propaganda, colores o símbolos partidistas en oficinas y en los bienes del gobierno.
Dicho de otra forma, no solo la prohibición consiste en el NO intervenir en algún proceso electoral o en jornada electoral alguna, sino que también NO deben realizar acciones para orientar tendencias al voto o alterar el desarrollo normal de la promoción partidista o las votaciones en términos de las casillas.
Aunque cabe decir que existen “excepciones” por cuanto hace a días y horarios inhábiles que resultan hábiles para todos los servidores públicos, como ya incluso los tribunales en lo electoral lo consideran, y ese tipo de criterios permiten a los funcionarios pronunciarse, asistir o apoyar partidos y sus candidatos en sus días libres o inhábiles, siempre y cuando no desvíen recursos públicos ni descuiden sus funciones.
DE SOBREMESA
El derecho al cuidado y la asistencia personal es un derecho humano autónomo que garantiza que toda persona pueda recibir atención digna, cuidar a otros y ejercer el autocuidado a lo largo de su vida.
El reconocimiento formal del derecho al cuidado y la asistencia personal ha venido avanzando en México, y ya en el nivel local, Jalisco y la Ciudad de México resultan ser las dos primeras entidades federativas en publicar leyes secundarias específicas para regular un Sistema de Cuidados.
Otros estados de la República pretenden ser de los primeros y ya impulsan iniciativas de leyes de Cuidados.
Cabe destacar que esta ley lo que busca es que se reconozca formalmente a las tres dimensiones del cuidado: recibir cuidados, brindar cuidados y el autocuidado.
Hay otras entidades con esta iniciativa en análisis y que ya presentan avances locales de rango constitucional o leyes secundarias que se encuentran en sus respectivos congresos para dictaminación y pasar a la aprobación formal.
En ese orden, el Estado de México busca crear el Sistema Integral de Cuidados y Apoyos de la entidad mexiquense.
Mientras que Puebla cuenta con proyectos avanzados bajo la propuesta de la Ley del Sistema de Cuidados Integrales, orientada a garantizar los derechos tanto de personas en situación de dependencia, así como de las personas cuidadoras.
San Luis Potosí, igualmente, ha presentado iniciativas de reforma constitucional para elevar el derecho al cuidado a rango humano y prioritario en su legislación estatal.
Se sabe que, a nivel federal, en el Congreso de la Unión se han discutido reformas para modificar el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el fin de establecer el derecho al cuidado de forma universal en todo el país y dar paso a un Sistema Nacional de Cuidados articulado.
Desde 2023, en el Congreso de Veracruz, se propuso por la diputada Ruth Callejas Roldán construir la Ley de Cuidados Integrales para el Estado, para fortalecer y respaldar los derechos de las personas en situación de dependencia por enfermedad, discapacidad, ciclo vital, infancia y vejez, así como de quienes realicen de manera no remunerada el trabajo de cuidado, con pleno respeto a la dignidad humana.
UN CAFÉ CON PILONCILLO
Ojalá que todos nuestros legisladores locales en Veracruz, se sumen y retomen este tema que pienso y creo, es de suma importancia para la actualización de las normas en materia de derechos humanos para la población en su conjunto.
¡ES CUANTO!
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